Objeto
Desde SAT N 1941 SANTA TERESA., queremos hacer eco de la promoción que vamos a realizar, con la finalidad de promover nuestros productos en el perfil de Instagram @aceite1881 y en el de @llourdesllop_nutricion y hemos decidido poner en marcha un sorteo (en adelante, el “SORTEO”), el cual se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes BASES.
El SORTEO está dirigido a quienes accedan a la acción de promoción y cumplan todos los requisitos y pasos establecidos en las presentes bases legales de participación (en adelante, las “BASES”). Este SORTEO tiene carácter gratuito y no supone ningún coste para los PARTICIPANTES (en adelante, los “PARTICIPANTES”).
Quienes cumplan con lo establecido en las BASES, participarán en el SORTEO de una (1) sesión de nutrición junto con un pack de 4 latas de AOVE 1881 Esencia 500ml, una (1) sesión de nutrición o 1 pack de 4 latas de AOVE 1881 Esencia 500ml (en adelante referido como el “PREMIO”).
La organización de la acción promocional está promovida por la mercantil SAT N 1941 SANTA TERESA., sociedad de nacionalidad española, domiciliada en Osuna (Sevilla), Carretera Lantejuela, número 1, C.P. 41640, y con C.I.F. número F41028648 (en adelante “LA ORGANIZADORA”)
Ámbito de aplicación
El SORTEO está abierto a personas físicas mayores de dieciocho (18) años en el momento de la participación. Se descartarán todos aquellos PARTICIPANTES que no cumplan estos requisitos y no se entregarán PREMIOS fuera del ámbito territorial establecido.
No podrá participar en el SORTEO el personal empleado de Aceites 1881, S.L, ni de las empresas que intervienen en la realización del SORTEO o de las empresas que mantengan una relación mercantil de agencia o prestación de servicios con cualquiera de ellas, así como sus familiares directos hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
La participación de usuarios a través de cuentas falsas, o a través de cualesquiera otros mecanismos fraudulentos será considerada como no válida. También será motivo de exclusión, cualquier actuación deshonesta, incluyendo contenido obsceno o agresivo.
En el supuesto de que resultara ganadora alguna de las personas excluidas de participación, ésta perderá su derecho a obtener el PREMIO, procediéndose a entregar el mismo al correspondiente suplente, por orden de elección, que reúna las condiciones de participación válidas.
La participación en el SORTEO constituye la aceptación plena e incondicional del participante de las presentes BASES, siendo las decisiones de LA ORGANIZADORA en todos los aspectos relativos al SORTEO, definitivas y vinculantes. La obtención de un PREMIO está sujeta al previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos en las presentes BASES.
El SORTEO comienza a las 12:00 horas del día 16 de octubre 2024 horario Centroeuropeo (“CET”) y termina a las 23:59 horas del día 23 de octubre de 2024 CET (el “PLAZO DEL SORTEO”), siendo el ordenador del Departamento de Marketing y Proyectos de LA ORGANIZADORA el cronómetro oficial del SORTEO.
Mecánica del SORTEO y Forma de Participación
Participarán en el SORTEO todas aquellas personas que, cumpliendo los requisitos expuestos en las presentes BASES, realicen las siguientes acciones:
- • Haber seguido a las cuentas @aceite1881 y @llourdesllop_nutricion en Instagram.
- • Haber dado “like” a la publicación referente al sorteo.
- • Haber comentado en la publicación referente al sorteo mencionando al menos a una cuenta de Instagram (cuantas más menciones, más oportunidades de ganar).
- • Haber compartido la publicación referente al sorteo en “Stories” de Instagram, mencionando a la cuenta @aceite1881 y @llourdesllop_nutricion como participación extra.
Las referidas acciones serán denominadas como “ACCIONES DEL SORTEO”.
No se tendrán en cuenta aquellos PARTICIPANTES que realicen de manera errónea las ACCIONES DEL SORTEO. Se considera errónea aquella participación que no cumpla la totalidad de las ACCIONES DEL SORTEO, así como aquella respecto de la cual, pese a haber realizado las ACCIONES DEL SORTEO en su totalidad, no sea posible efectuar la comprobación y verificación de la realización de las mismas por parte de LA ORGANIZADORA. Queda prohibido el uso de sistemas automáticos de participaciones, dando lugar, en su caso a la descalificación. En caso de conflicto con respecto a una participación, será considerado como participante el titular autorizado de la cuenta del perfil de Instagram utilizada para participar. El titular autorizado de la cuenta es la persona física a la que un proveedor de acceso a Internet, un proveedor de servicios online y otra organización responsable de asignar direcciones de correo electrónico para el dominio asociado con la dirección comunicada, le asigna una dirección de correo electrónico. Se podrá pedir al ganador que aporte prueba de ser titular autorizado de una cuenta.
LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a determinar la validez de las participaciones en el SORTEO.
Descripción del PREMIO
A través de la participación en el SORTEO el PARTICIPANTE podrá optar a obtener:
- • Primer premio: Una (1) sesión de nutrición con Lourdes Llorente junto con un pack de 4 latas de AOVE Esencia 1881 500ml.
- • Segundo premio: Un (1) pack de 4 latas de AOVE Esencia 1881 500ml.
- • Tercer premio: Una (1) sesión de nutrición con Lourdes Llorente.
Reglas específicas: (i) El PREMIO del SORTEO es personal e intransferible. (ii) El PREMIO en ningún caso podrán ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición del ganador y no es transferible sin autorización de LA ORGANIZADORA, ni canjeables por su valor en metálico. El PREMIO podrá ser objeto de renuncia. En caso de resultar nula la adjudicación del PREMIO, LA ORGANIZADORA del SORTEO se reserva el derecho a elegir el destino del PREMIO.
Determinación del ganador:
Finalizado el periodo de participación (el miércoles 23 de octubre a las 23:59), LA ORGANIZADORA, decidirá al ganador mediante sorteo, eligiéndose también a los correspondientes suplentes, que se utilizarán en caso de que el ganador no cumpliese con los requisitos de participación.
Anuncio y comunicación de los ganadores:
El ganador será anunciado en el perfil de Instagram de Aceites 1881, S.L. (https://www.instagram.com/aceite1881/) una vez finalizado el plazo para participar. Dicha comunicación se hará a través de una publicación en stories en la que se anunciará, en forma de mención, el perfil ganador del SORTEO.
Tras anunciar el ganador, la ORGANIZADORA establecerá contacto vía mensaje directo para gestionar la entrega del PREMIO, dándoles las indicaciones necesarias al efecto.
En ningún caso nos pondremos en contacto con el ganador, desde ninguna cuenta distinta a @aceite1881 de Instagram, ni solicitaremos hacer clic en ningún enlace como parte del proceso para reclamar el PREMIO.
En el caso de que el ganador no conteste al contacto directo por parte de LA ORGANIZADORA vía redes sociales transcurrido un (1) mes tras la comunicación al ganador, se entenderá que renuncia al PREMIO.
Asimismo, el ganador deberá responder al mensaje enviado por LA ORGANIZADORA, debiendo enviar un mensaje privado a LA ORGANIZADORA facilitando los datos que se solicitan para hacer efectivo el premio: un teléfono de contacto, su DNI y dirección postal.
Si el ganador no contestase a las comunicaciones de la ORGANIZACIÓN en el plazo anteriormente establecido de un (1) mes, facultará a LA ORGANIZADORA a ponerse en contacto con el primer suplente vía mensaje directo, quedando sujeto al mismo plazo que el ganador para contestar a la comunicación sobre la obtención del PREMIO. Si este primer suplente no reclama su PREMIO, se seguiría la misma dinámica con el segundo suplente. Si ninguno de los ganadores ni los suplentes reclama su PREMIO, el SORTEO quedaría desierto, sin que se produzca la adjudicación del PREMIO, y se daría por finalizado.
Derechos de imagen
El ganador y los PARTICIPANTES en este SORTEO autorizan expresamente a LA ORGANIZADORA a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, imagen, perfil o usuario de Instagram y cualquier otra información facilitada como resultado de la participación en el SORTEO en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta promoción, todo ello en cualquier medio, incluido internet, sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con la excepción de la entrega del PREMIO ganado conforme a estas Bases. En concreto, autorizan la utilización de su imagen para su inclusión en la página web de LA ORGANIZADORA https://www.mestralcambrils.com/es, en vídeos promocionales, así como en publicaciones impresas y/o digitales, y en redes sociales (Instagram), con fines de difusión y promoción de los productos de LA ORGANIZADORA en el marco del presente SORTEO.
El PARTICIPANTE cede a SAT N 1941 SANTA TERESA sin limitación alguna, la totalidad de los derechos e imagen que en su caso le pudieran corresponder por su participación y aportación en el SORTEO, y especialmente, los derechos de explotación (reproducción, distribución, comunicación pública y transformación). La cesión de los citados derechos se realiza, en cualquier modalidad, y durante el plazo legal de duración de dichos derechos y para el ámbito mundial, facultando su explotación en cualquier modalidad, soporte, formato, y a través de cualquier procedimiento técnico. A efectos de lo dispuesto en la legislación vigente, el PARTICIPANTE concede a LA ORGANIZADORA autorización expresa para utilizar, de acuerdo con los usos habituales en Internet, los datos, fotografías, imágenes y demás obras, facilitados, así como, en general, cualquier otra información relativa a ésta que se pueda considerar conveniente o
necesaria para la realización o explotación comercial. En todo caso, la cesión de los derechos anteriormente indicados será a título gratuito.
Responsabilidad
LA ORGANIZADORA no adquiere ningún deber ni obligación contractual con los PARTICIPANTES y se reserva el derecho de anular el SORTEO o eliminar cualquier contenido sin necesidad del consentimiento de los PARTICIPANTES.
Con relación a los PARTICIPANTES en el SORTEO cuya participación se lleve a cabo a través de Instagram, se excluye cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de errores en la llegada de los comentarios, mensajes, etiquetas o acciones en la Red Social Instagram que pudieran interrumpir, suspender o impedir el desarrollo y/o participación en el SORTEO debidos a su propio funcionamiento y operativa, por causas técnicas o de cualquier otra naturaleza ajenas a LA ORGANIZADORA. LA ORGANIZADORA excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a problemas técnicos. LA ORGANIZADORA podrá también anular la participación a cualquier participante que estime realiza un mal uso, entendiéndose por mal uso (entre otros): (i) El incumplimiento de las BASES, (ii) El impedimento del desarrollo del SORTEO conforme a las presentes BASES por parte de otros PARTICIPANTES, incluyendo acciones de spam o “bots” en los comentarios. Asimismo, LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de descartar las participaciones que detecte fraudulentas o inapropiadas conforme a las presentes BASES.
Cualquier intento de impedir de manera deliberada el funcionamiento legítimo del SORTEO podrá significar una violación del derecho penal y civil, y en caso de que dicha vulneración tuviera lugar, LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de reclamación de daños por parte de cualquier persona en la medida permitida por la ley. El que LA ORGANIZADORA incumpla con alguno de los términos de las presentes BASES, no conllevará la renuncia a dicha disposición.
La mercantil Aceites Mestral, S.L. no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no les sean imputables. En concreto, LA ORGANIZADORA no se hace responsable de posibles pérdidas ocasionadas en el supuesto de que haya que realizar cualquier envío postal relacionado con el PREMIO al PARTICIPANTE ganador. LA ORGANIZADORA tampoco responderá de los casos de fuerza mayor que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su PREMIO. Asimismo, la empresa organizadora quedará exenta de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del PREMIO.
Tras la recepción del PREMIO, el ganador acepta exonerar y mantener indemne a LA ORGANIZADORA y a sus correspondientes sucursales, filiales, proveedores, distribuidores, agencias de publicidad/promoción y proveedores de premios, así como sus respectivas matrices y los delegados, administradores, empleados y agentes de dichas compañías (conjuntamente las “PARTES EXONERADAS”) frente a cualquier reclamación o demanda derivada de la participación en el SORTEO o recepción o uso indebido de cualquier PREMIO tanto del ganador o cualquier tercera persona. En ningún caso afectará la presente exoneración a sus derechos irrenunciables.
El presente SORTEO promocional no está patrocinado, avalado, administrado ni asociado en modo alguno a Instagram. En consecuencia, los PARTICIPANTES exoneran a dicha Red Social de toda responsabilidad. En la mayor medida posible admitida por ley y sin afectar de manera negativa a ninguno de los derechos irrenunciables, Aceites Mestral, S.L. no se harán responsables de: (1) información incorrecta o imprecisa, ya sea causada por los PARTICIPANTES, errores de impresión o por cualquiera de los programas u equipos asociados a o utilizados en el SORTEO; (2) fallos técnicos de cualquier tipo, incluidos, a modo enunciativo que no limitativo, funcionamiento inadecuado, interrupciones, desconexiones en líneas telefónicas y hardware o
software de red; (3) intervención humana no autorizada en cualquier momento a lo largo de la partición o el SORTEO; (4) errores técnicos o humanos que pudieran darse en la gestión del SORTEO o tratamiento de los PARTICIPANTES; (5) cualquier envío que sea recibido tarde, se pierda, se estropee o sea robado; o (6) cualquier daño a personas o bienes que pudiera ser causado, directa o indirectamente, en todo o en parte, por la participación de candidatos en el SORTEO o la recepción del PREMIO o el uso debido o indebido del mismo. Si, por cualquier motivo, se confirma que una solicitud de un participante ha sido eliminada por error, perdida o destruida de cualquier otro modo o deviniera corrupta, el participante deberá participar nuevamente en el SORTEO, con la condición de que el mismo siga en curso. En el supuesto de que el SORTEO haya terminado se exonera de toda responsabilidad a Aceites 1881, S.L.
A excepción de los casos en los que esté prohibido, los PARTICIPANTES acuerdan que: (1) cualquier conflicto, reclamación o demanda derivado de o con relación al presente SORTEO o a cualquier PREMIO, deberán ser resueltas de manera individual por los Juzgado y Tribunales de Sevilla; y (2) todos los asuntos y cuestiones relacionadas con la construcción, validez, interpretación y cumplimientos de las presentes BASES, o los derechos y obligaciones del participante con relación al SORTEO se regirán e interpretarán conforme a las leyes de España sin que resulte de aplicación ninguna otra norma sobre conflicto de leyes (ya sean de España o de cualquier otra jurisdicción), que pudiera provocar la aplicación de las leyes de cualquier otra jurisdicción que no sea España.
Fiscalidad
El PREMIO de la presente promoción estará sujetos a la legislación fiscal vigente en cada momento y, concretamente, a lo dispuesto tanto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo que resulten de aplicación.
Protección de Datos
Los datos de carácter personal de los PARTICIPANTES se tratarán conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (en adelante, “RGPD”), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Digitales y garantía de los derechos digitales (en adelante, “LOPDGDD”) y su normativa de desarrollo.
En cumplimiento de la misma, se facilita la siguiente información:
La cooperativa SAT N 1941 SANTA TERESA. con C.I.F.: F41028648 es la responsable del tratamiento de los datos personales de los PARTICIPANTES en el SORTEO. Los PARTICIPANTES declaran que los datos facilitados son ciertos, exactos y completos. Respecto de los datos de terceros, que el PARTICIPANTE pueda facilitar a LA ORGANIZADORA para el cumplimiento de todas o algunas de las finalidades indicadas a continuación, el PARTICIPANTE garantiza haber informado a dichos terceros de los términos y finalidades descritos en las presentes Bases y haber obtenido la autorización de los mismos para realizar la comunicación de sus datos a la ORGANIZADORA.
- • Finalidades del tratamiento. Al participar en el SORTEO, el Participante manifiesta su consentimiento para la recogida, consulta, conservación, supresión, publicación y difusión en redes sociales oficiales, portales corporativos y página web de la ORGANIZADORA de sus datos personales por parte de la ORGANIZADORA para desarrollar las siguientes finalidades:
1. Gestionar su participación en el SORTEO, así como la elección del ganador y los correspondientes suplentes.
2. Anunciar el PARTICIPANTE que resulte ganador, así como publicitar la entrega del PREMIO al ganador mediante la publicación de su usuario y/o perfil de Instagram; la captación, fijación, utilización y publicación de su imagen, así como la utilización y comunicación pública de sus nombres y apellidos en los términos descritos en las presentes BASES legales.
3. Ponerse en contacto con ganador y, en su caso, con los suplentes, para gestionar la entrega del PREMIO.
4. Atender cualquier consulta sobre el SORTEO realizada por los titulares de los datos de carácter personal.
5. Utilización de su imagen para su inclusión en la página web de LA ORGANIZADORA https://www.aceite1881.com, en vídeos promocionales, así como en publicaciones impresas y/o digitales, y en redes sociales (Instagram), con fines de difusión y promoción de los productos de LA ORGANIZADORA en el marco del presente SORTEO.
• Tipos de datos: Identificativos (nombre, apellidos, cuenta o usuario del perfil de Instagram), de contacto (dirección de correo electrónico, dirección postal), imagen (la fotografía compartida por el PARTICIPANTE a través de un “story”), así como cualquier otro dato de carácter personal que pudiera incluirse por el Participante en el contenido enviado como consecuencia de su participación en el SORTEO o en las comunicaciones dirigidas a LA ORGANIZADORA.
• Criterios de conservación de los datos de carácter personal: Los datos personales serán conservados por la ORGANIZADORA durante todo el tiempo necesario para la gestión del SORTEO y, tras su finalización, hasta la prescripción de las posibles responsabilidades que puedan derivarse. Terminado dicho plazo, se suprimirán los datos de carácter personal, con medidas de seguridad adecuadas, para garantizar el borrado total de los mismos.
• Comunicación de los datos: Los datos personales podrán ser comunicados a las Administraciones y Organismos Públicos competentes, de conformidad con la normativa tributaria vigente. De igual manera, sus datos podrán ser comunicados, en su caso, a agencias de transporte.
• Derechos: Los titulares de los datos podrán ejercitar los siguientes derechos:
1. Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. No obstante, la revocación del consentimiento no afectará a la licitud de los tratamientos efectuados con anterioridad.
2. Derecho de acceso a sus datos personales.
3. Derecho de rectificación de aquellos datos inexactos o incompletos.
4. Manifestar su oposición al tratamiento de datos, en determinadas circunstancias (como en aquellos tratamientos cuya base legitimadora es el interés legítimo).
5. Obtener la limitación del tratamiento de los datos cuando se cumpla alguna de las condiciones previstas en la normativa de protección de datos.
6. Solicitar la portabilidad de sus datos.
7. Derecho de supresión de sus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.
En el caso de ejercicio de derechos ante el organizador, podrá dirigirse a la dirección de correo electrónico lvallejo@migasa.com .
Igualmente, podrán formular reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos cuando se considere que se han vulnerado los derechos que le son reconocidos por la normativa aplicable en protección de datos.